Plan General de Ordenación Urbana
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Artículo 22.1 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
El Ayuntamiento de Blesa carece de Plan General de Ordenación por lo que se rige por las Normas Subsidiarias y Complementarias de Planeamiento Municipal de la Provincia de Teruel, que puede consultar en el siguiente enlace:
Las Normas Subsidiarias de Planeamiento de ámbito municipal tendrán por objeto:
a) Clasificar el suelo en urbano y no urbanizable, delimitando y ordenando el primero y estableciendo, en su caso, normas de protección para el segundo, o
b) Clasificar el suelo en urbano, urbanizable y no urbanizable, delimitando el ámbito territorial de cada uno de los distintos tipos de suelo, estableciendo la ordenación del suelo urbano y de las áreas aptas para la urbanización que integran el suelo urbanizable y en su caso, fijando las normas de protección del suelo no urbanizable.